23/3/16

Más de 4.000 vehículos controlados en la campaña de vigilancia sobre uso del Cinturón de Seguridad



En cumplimiento de la programación de las Campañas y Operaciones de Vigilancia y Control para el año 2016 llevada a cabo por esta Dirección General de Tráfico, entre los días 14 al 20 de marzo se ha realizado una nueva Campaña Especial sobre Cinturón de Seguridad y Sistemas de Retención Infantil (SRI).

Durante la campaña se han controlado 4.280 vehículos, ocupados por 6.564 personas, de las que 110 no hacían uso de los elementos de retención homologados (cinturón de seguridad o sistema de retención infantil). De estos 110 ocupantes, 60 eran conductores y 50 pasajeros, y de estos últimos, 9 eran pasajeros menores de 12 años.

El uso de sistemas de retención homologados, cinturón de seguridad y SRI, se ha venido demostrando como el sistema de seguridad vial más sencillo, rentable y eficaz, en todo tipo de vías y trayectos.

El cinturón de seguridad es un seguro de vida. No hay que olvidarse de él y llevarlo siempre abrochado, tanto en carretera como en ciudad.

Los S.R.I son el mejor seguro de vida del niño.

Un niño sin sujeción multiplica por 5 las posibilidades de sufrir lesiones mortales o graves.

Una sillita mal colocada multiplica por cuatro el riesgo de muerte infantil en caso de accidente de tráfico. El 70 por ciento de los niños que viajan en coche no utilizan correctamente la sillita., según se calcula en el proyecto europeo.

Al igual que te ajustas tú el cinturón, a ellos, el cinturón o arnés les debe quedar ajustado, sin holguras y sobre el hombro. Tienen que estar cómodos y seguros.

Si utilizas adecuadamente los sistemas de retención infantil, ayudarás a reducir hasta en un 75% las lesiones en caso de accidente.

En las vías interurbanas en el año 2014, el 23% de los fallecidos usuarios de turismos y furgonetas no utilizaban el cinturón de seguridad y en las vías urbanas no lo llevaban 23 de los 76 fallecidos. En lo referido a los heridos hospitalizados en vías interurbanas, no utilizaban cinturón el 9% y en las urbanas el 17%.

Uno de los objetivos de la Estrategia de Seguridad Vial 2011-2020 es “lograr que ningún niño pierda la vida por no ir correctamente sentado en una silla adecuada para su peso y talla”. En la actualidad los datos muestran que las lesiones por accidente de tráfico siguen siendo la primera causa de muerte en los niños mayores de 4 años.

La aplicación consecuente de la Ley sobre cinturones de seguridad por parte de la policía de tráfico es uno de los métodos más efectivos para incrementar y mantener un alto el índice del uso del cinturón entre ocupantes de vehículos.

El airbag no es eficaz si no se complementa con la utilización del cinturón de seguridad. El cinturón de seguridad y el airbag están pensados para funcionar de forma complementaria.

El no utilizarlo en los asientos traseros supone un gran riesgo. En un impacto frontal, la probabilidad de que un ocupante de los asientos de atrás golpee mortalmente a otro pasajero de los asientos de delante puede ser hasta 8 veces mayor.
Protege tanto de salir despedido del habitáculo, como de impactar contra el parabrisas.

A 80 kilómetros por hora, un choque frontal sin llevar puesto el cinturón de seguridad, suele llevar fatalmente aparejado resultado de muerte o lesiones graves. El cinturón alcanza una máxima efectividad en los vuelcos, donde se reduce un 77% el riesgo de muerte.

No llevar puesto el cinturón de seguridad es, junto con la velocidad y conducir bajo los efectos del alcohol, uno de los principales factores de riesgo en la carretera.

En vía urbana, la posibilidad de resultar herido grave o muerto es 5 veces menor si se lleva puesto el cinturón.


¿De que protege?
Porcentaje de reducción de lesiones: Tipo de lesión Conductor Pasajero Lesiones cerebrales 33% 56% Fracturas craneales 18% 18% Heridas faciales 45% 64% Lesiones oculares 38% 40% Fracturas faciales 6% 6% Lesiones pulmonares 33% 58%

Requisitos del cinturón
• Homologados
• Bien anclados
• Con el reglado correcto
• Correctamente abrochado

 Dispositivos de seguridad: Sistemas de retención infantil (SRI): • Nunca lleve a un niño en brazos, ni utilice su mismo cinturón de seguridad para protegerle. • Asegúrese que la silla está bien instalada. Adapte el reposacabezas y los arneses de la silla a medida que el niño vaya creciendo. • Porque tú usas el cinturón, empieza con ellos desde pequeños. • Conoce las características adecuadas a la talla, peso y edad de tu hijo. • No solo es importante la edad, también hay que tener en cuenta la altura y el peso de los niños  Obligatorio: • Niños con una altura inferior a 1,35 m aprox. Aproximadamente 12 años.  Recomendable: • Hasta los 1,50 m es recomendable que los menores sigan utilizando S.R.I homologados a su talla y peso. • En todos los casos, la banda diagonal del cinturón ha de pasar por la clavícula sobre el hombro y bien pegada al pecho, mientras que la banda ventral ha de quedar lo más baja posible sobre la cadera. • Si la banda del hombro toca el cuello o pasa bajo el mentón, el niño debe seguir utilizando un asiento elevador. • Nunca se debe ir con la banda debajo del brazo o detrás de la espalda. A la hora de adquirir un S.R.I: • La silla siempre tiene que estar homologada, busca la etiqueta con la E que te indicará para que vehículos es válida y el peso de los niños que pueden utilizarla. • Prueba la silla que estés pensando adquirir con tu hijo y valora su comodidad y adaptación, garantizando así que acepte ir atado. • Comprueba que la silla se adapte perfectamente al asiento de tu automóvil y a los cinturones de seguridad. • Solicita que te expliquen las instrucciones de instalación y valora positivamente las que sean más sencillas. • Recuerda: El 43% de los menores viaja incorrectamente con los sistemas de retención infantil y el 37% lo hace sin ellos - Lesiones más frecuentes por edades: • Hasta los 2 años: Cuello • Entre los 2 y los cuatro años: Cabeza • De 4 a 10 años: Abdomen

- Reglas de Oro: • La velocidad máxima a la que un adulto es capaz de impedir que un niño salga lanzado hacia delante en caso de impacto, es solo de 5 km/h. Nunca llevar al niño en brazos, ni suelto y no compartir el cinturón porque sería aplastado. • El niño debe ocupar los asientos traseros del coche. Si excepcionalmente utiliza el asiento de copiloto, debe desconectar siempre el airbag. • No bajar la guardia en los trayectos cortos. En los trayectos de casa al cole es donde se acumulan el mayor número de conductas de riesgo. • Los niños deberán viajar en sentido contrario a la marcha el mayor tiempo posible. Si se puede hasta los 4 años. • Los arneses o el cinturón no deberán ir retorcidos, ni holgados, ni doblados. • El S.R.I debe ir perfectamente instalado. No debe moverse. La mejor opción es el anclaje mediante el sistema ISOFIX:. • La cabeza del niño nunca debe asomar por encima del respaldo de la sillita. Si esto ocurre indica que es preciso pasar a otra del grupo superior. • Los padres deben dar siempre ejemplo, poniéndose siempre el cinturón • Si la sillita ha recibido algún impacto por una colisión o un accidente, nunca se debe reutilizar. - Sistema de anclaje ISOFIX: • Sistema de anclaje de la sillita al vehículo que tiene 2 ó 3 puntos: dos argollas ubicadas en el chasis, detrás del asiento trasero, en las que se introducen unos enganches que lleva la sillita y, en ocasiones, un tercer punto llamado TOP TETHER, que evita que la sillita rote. • El ISOFIX sustituye al cinturón de seguridad como elemento de sujeción de la sillita al coche y redúcela probabilidad de que el asiento se coloque de forma incorrecta. Regulación legal Art. 117. Reglamento General de Circulación (R.D. 1428/2003) 1. El conductor y los ocupantes de los vehículos estarán obligados a tilizar, debidamente abrochados, los cinturones de seguridad homologados, tanto en la circulación por vías urbanas como interurbanas. Esta obligación, en lo que se refiere a los cinturones de seguridad, no será exigible en aquellos vehículos que no los tengan instalados. En todo caso, los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 centímetros deberán utilizar sistemas de retención infantil y situarse en el vehículo de acuerdo con lo dispuesto en los apartados siguientes.

2. En los vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, se informará a los pasajeros de la obligación de llevar abrochados los cinturones de seguridad u otros sistemas de retención infantil homologados, por el conductor, por el guía o por la persona encargada del grupo, a través de medios audiovisuales o mediante letreros o pictogramas, de acuerdo con el modelo que figura en el anexo IV, colocado en lugares visibles de cada asiento. En estos vehículos, los ocupantes a que se refiere el párrafo segundo del apartado 1 de tres o más años deberán utilizar sistemas de retención infantil homologados debidamente adaptados a su talla y peso. Cuando no se disponga de estos sistemas utilizarán los cinturones de seguridad, siempre que sean adecuados a su talla y peso. 3. En los vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, los ocupantes a que se refiere el párrafo segundo del apartado 1 deberán utilizar sistemas de retención infantil homologados debidamente adaptados a su talla y peso. Dichos ocupantes deberán situarse en los asientos traseros. Excepcionalmente podrán ocupar el asiento delantero, siempre que utilicen sistemas de retención infantil homologados debidamente adaptados a su talla y peso, en los siguientes casos: 1.º Cuando el vehículo no disponga de asientos traseros. 2.º Cuando todos los asientos traseros estén ya ocupados por los menores a que se refiere el párrafo segundo del apartado 1. 3.º Cuando no sea posible instalar en dichos asientos todos los sistemas de retención infantil. En caso de que ocupen los asientos delanteros y el vehículo disponga de airbag frontal, únicamente podrán utilizar sistemas de retención orientados hacia atrás si el airbag ha sido desactivado. 4. Los sistemas de retención infantil se instalarán en el vehículo siempre de acuerdo con las instrucciones que haya facilitado su fabricante a través de un manual, folleto o publicación electrónica. Las instrucciones indicarán de qué forma y en qué tipo de vehículos se pueden utilizar de forma segura. 5. La falta de instalación y la no utilización de los cinturones de seguridad y otros sistemas de retención infantil homologados tendrá la consideración de infracción grave o muy grave, conforme a lo establecido en el artículo 65, apartados 4.h) y 5.ll), respectivamente, del texto articulado.

SANCIONADOS, SANCIONES Y PUNTOS DETRAÍDOS POR INFRACCIONES CONTRA ESTOS PRECEPTOS.
Año     Sancionados   Sanciones        Puntos
2011    4.661               4.834               14.502
2012    3.583               3.677               11.031
2013    3.583               3.708               11.124
2014    3.059               3.161               9.483
2015    2.698               2.810               8.430


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