4/6/06

Condenado a un vecino de Carchuna a un año y ocho meses de prisión por un delito de homicidio imprudente

Un juzgado de Motril ha condenado a un vecino de Carchuna, J.G.C. a un año y ocho meses de prisión por un delito de homicidio imprudente, al no cortar el suministro de una línea eléctrica de baja tensión que iba a ser reparada en su finca, lo que provocó la muerte del trabajador que iba a arreglarla.
La sentencia condena igualmente al acusado, J.G.C., vecino de Carchuna, a indemnizar con 101.444 euros a la esposa y los tres hijos de la víctima, y con 16.907 euros más a cada uno de los hijos. Y deberá de hacerse cargo de las costas procesales ocasionadasLos hechos se remontan a la tarde del diez de junio del mil novecientos noventa y nueve, el acusado J.G.C. exigió a A.M.G que trabajaba como medianero y jardinero en su finca, que a la mañana siguiente debía de arreglar un cable de tendido eléctrico de la finca, que se encontraba en mal estado, sabiendo que éste no tenía calificación profesional alguna para el trabajo que se le encomendaba y con ausencia de cualquier medida de seguridad, siendo el acusado el encargado de cortar la corriente eléctrica mientras que se realizaba la operación, al ser él quien disponía de la llave de la caseta donde se encontraban los mandos del corte de baja tensión.

Sobre las ocho de la mañana del día once, A.M.G subió al poste eléctrico para realizar la reparación, sufriendo una descarga eléctrica que le produjo la muerte instantánea, al no haber cortado el acusado la corriente eléctrica.

El punto de la línea eléctrica donde se produjo el accidente, era una línea de baja tensión, no quedando acreditado que fuera propiedad de la Compañía de Sevillana de Electricidad.

En un principio el Ministerio fiscal había solicitado la pena de dos años y seis meses de prisión por el delito de homicidio imprudente, así como a indemnizar con doce millones de pesetas para la esposa y tres millones de pesetas para cada uno de los hijos

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