La
Agencia Tributaria ha devuelto ya 1.321 millones de euros, un 18,9% más que el
pasado año, a más de 2 millones de declarantes de IRPF
3,9
millones de contribuyentes han presentado su declaración por internet, un 34,4%
más que la pasada campaña en las mismas fechas
La
asistencia en oficinas para la confección de la declaración comienza hoy y se
mantendrá hasta el 1 de julio, último día de campaña
Este
año se prevén 19,5 millones de declaraciones, de las que 14,9 millones serán a
devolver, por importe de 10.665 millones de euros
Desde hoy, la Agencia Tributaria abre el
plazo de atención en oficinas para facilitar la declaración del Impuesto sobre
la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2012 (IRPF 2012) a aquellos
contribuyentes que requieran asistencia especializada. Hasta ahora han sido ya
más de 4,2 millones de contribuyentes los que han presentado su declaración o
han confirmado su borrador de Renta, un 22,4% más que el pasado año en las
mismas fechas.
El servicio de atención con cita previa se
mantendrá hasta el 1 de julio, último día de la campaña. La vía de presentación
por internet (www.agenciatributaria.es) sigue a disposición de los
contribuyentes que prefieran agilizar sus gestiones sin tener que desplazarse
hasta las oficinas de la Agencia o entidades colaboradoras. La utilización de
internet para la presentación ya ha permitido obtener su devolución a más de 2
millones de contribuyentes, un 25,5% más que el pasado año, por un importe de
1.321 millones de euros, un 18,9% más.
Está previsto que la presente campaña
cuente con 19.525.000 declaraciones, de las que 14.935.000 darán derecho a
devolución, por un importe total de 10.665 millones de euros, y 4.100.000
declaraciones saldrán con resultado a ingresar, por importe de 6.525 millones
de euros.
La presentación por internet crece un
34,4%
A fecha de 13 de mayo, las presentaciones
por internet, 3,9 millones hasta el momento, aumentan un 34,4% con respecto a
la misma fecha del pasado año. En el caso de los borradores ya confirmados por
internet, más de 3,1 millones, el crecimiento es del 29,2%. A ello se suman
858.555 declaraciones de IRPF presentadas con el programa PADRE y los datos
fiscales que facilita la Agencia Tributaria, de las cuales 855.541
declaraciones han sido presentadas por internet.
Estos contribuyentes, que deciden no optar
por el borrador, o no pueden hacer uso del mismo por su perfil de rentas,
también están adelantando su declaración y, en su caso, la devolución que les
corresponde. La aceleración de las presentaciones por internet se sigue
apreciando también en las declaraciones a ingresar, con un crecimiento del
32,2% en número y del 46% en importe con respecto a las mismas fechas del año
pasado.
De igual forma, se sigue acelerando el
proceso de solicitudes de números de referencia para la obtención rápida del
borrador y los datos fiscales a través del sistema REN0. A día de hoy ya se han
tramitado más de 8,9 millones de solicitudes de este servicio, que permite
realizar las gestiones sin necesidad de contar con certificado electrónico y
sin esperar a la recepción de los borradores y datos fiscales por correo.
Accediendo por internet al servicio REN0
se puede obtener el borrador de forma inmediata: se solicitará el NIF y primer
apellido del contribuyente, la casilla 620 de la Renta 2011 y un número de
móvil al que se enviará un SMS con el número de referencia para la consulta,
revisión, en su caso modificación y confirmación del borrador, que implica ya
la presentación de la declaración. A los no declarantes en el ejercicio anterior
y a los nuevos declarantes, en lugar de la casilla 620 se les solicitará el
código de una cuenta bancaria de la que sea titular el contribuyente. Aquellos
contribuyentes que no hayan hecho uso del número de referencia obtenido a
través del sistema REN0 o de las alertas a móviles, recibirán su borrador o
datos fiscales por correo.
Comienza el servicio de cita previa
En todo caso, para aquellos ciudadanos que
no deseen utilizar la vía telemática por entender que requieren una asistencia
más personalizada, la Agencia Tributaria pone a disposición sus oficinas
presenciales y servicios telefónicos. Hasta ahora se han concertado más de 1
millón de citas previas para la confección de declaraciones de Renta y se han
atendido más de 2,7 millones de llamadas telefónicas a través de los diferentes
servicios que ofrece la Agencia.
Como otros años, y a pesar de la creciente
utilización de internet como vía para agilizar los trámites de la Renta, en las
primeras semanas de campaña se puede producir una alta demanda en el servicio
de solicitud de cita previa. Cabe recordar que el calendario de citas previas
se va abriendo progresivamente, de manera que se recomienda a los
contribuyentes una utilización paulatina del servicio.
A su vez, y con el objeto de mitigar en la
medida de lo posible una eventual pérdida de citas en perjuicio del conjunto de
los contribuyentes, la Agencia Tributaria quiere recordar a los ciudadanos que
pueden modificar la hora y día asignados para su cita, o comunicar, en su caso
a la propia Agencia, que han decidido no hacer uso de la misma. Actualmente, en
más del 25% de las citas concedidas con más de una semana de antelación el
contribuyente finalmente no se presenta.
Quiénes no están obligados a declarar
- Se mantiene la misma regulación que el
año anterior en cuanto a los obligados a presentar la declaración del IRPF. En
términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas
exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros
anuales.
El
límite para no declarar se reduce a 11.200 euros si los rendimientos proceden
de más de un pagador (salvo excepciones), y también cuando se perciban
pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas,
cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están
sujetos a un tipo fijo de retención.
Ambos límites siguen siendo válidos para
no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con los
siguientes rendimientos:
• Dividendos,
intereses y plusvalías sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros.
• Rentas
inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no
sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la
adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el
límite conjunto de 1.000 euros.
- Igual que el año anterior, tampoco
estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo,
capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el
límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a
500 euros.
Cómo y cuándo modificar el borrador de
Renta
Siempre resulta conveniente revisar el
borrador de Renta, dado que, en el momento de su confección, la Agencia podría
no disponer de todos los datos con trascendencia en la declaración, datos que
quizá el contribuyente deba incorporar al borrador. Algunos casos típicos que
aconsejan esta revisión son los siguientes:
- Inmuebles y sus referencias catastrales
- Circunstancias personales y familiares
(si cambiaron en 2012)
- Aportaciones a planes de pensiones
- Aportaciones de cuotas sindicales
- Percepciones por subvenciones
- Deducción por maternidad
- Deducción por inversión en vivienda
habitual
- Deducción por alquiler de vivienda
habitual
CORREO ELECTRÓNICO secretaria.prensa@minhap.es Esta
información puede ser usada en parte o en su integridad sin necesidad de citar
fuentes ALCALA, 9 28071 - MADRID TEL: 91
595 80 71/2 FAX: 91 595 84 66 Página 5 de 12 www.minhap.gob.es
- Deducción por aportaciones a la cuenta
vivienda
- Deducciones autonómicas
Con el objetivo de facilitar el
autoservicio al contribuyente, se han incorporado a la página web de la Agencia
Tributaria (www.agenciatributaria.es) un total de 14 vídeos explicativos que
muestran cómo modificar el borrador de Renta en los supuestos más habituales.
Cuando el contribuyente desee modificar el
borrador puede hacerlo:
- por internet: www.agenciatributaria.es
- por teléfono: 901 200 345 (lunes a
viernes, de 9 a 21 horas).
- en las oficinas de la Agencia Tributaria
o CCAA (previa cita, que puede solicitarse por internet, o en los teléfonos 901
12 12 24 y 901 22 33 44)
- en entidades colaboradoras
Confirmación del borrador
Existen varias vías para confirmar el
borrador, según sea el resultado a devolver o a ingresar, y si se domicilia o
no el pago. Domiciliar el pago significa que se puede presentar la declaración
de la Renta o confirmar el borrador cualquier día, hasta el 26 de junio, pero
el pago no se hará efectivo hasta el 1 de julio, último día de la campaña de
Renta. La domiciliación no impide fraccionar el pago en dos plazos (el segundo,
el 5 de noviembre).
- Vías no presenciales (sin desplazamiento
a oficinas), hasta el 1 de julio (26 de junio si se domicilia el pago, con
cargo el 1 de julio):
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CORREO ELECTRÓNICO secretaria.prensa@minhap.es Esta
información puede ser usada en parte o en su integridad sin necesidad de
citar fuentes ALCALA, 9 28071 - MADRID
TEL: 91 595 80 71/2 FAX: 91 595 84 66 Página 6 de 12 www.minhap.gob.es VÍAS
DE CONFIRMACIÓN
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Casos en los que se puede utilizar esta
vía
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Por internet
www.agenciatributaria.es
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TODOS
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Por teléfono (VRU), servicio automático
901 12 12 24 (las 24 horas)
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A devolver
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Por SMS, al 217223
Renta(espacio)número de justificante de
borrador(espacio)NIF
(Si es declaración conjunta se añade un
(espacio)NIF del cónyuge
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A devolver
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Por teléfono (operador)
901 200 345 (L-V, de 9 a 21 horas)
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A devolver e ingresar (domiciliando el
pago)
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Por banca electrónica y telefónica
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A devolver e ingresar
(sin domiciliar)
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En cajeros automáticos de ciertas entidades
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A devolver e ingresar
(sin domiciliar)
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