28/7/20

La Subdedelegación del Gobierno acoge un taller online sobre el Ingreso Mínimo Vital




 Se ha dado formación sobre el IMV a más de 70 personas y
profesionales relacionadas con áreas de igualdad, violencia de
género y protección social de distintas entidades y
organizaciones
 El taller ha tratado sobre información del ingreso mínimo vital
relativa a las personas beneficiarias, requisitos y su acreditación,
especialmente de las particularidades recogidas en el RDL
20/2020 sobre las mujeres víctimas de violencia de género o
víctima de trata de seres humanos y explotación sexual

La atención presencial en las oficinas públicas
está limitada por la situación epidemiológica derivada de la pandemia por
COVID19 resulta fundamental la colaboración entre administraciones por eso
desde la Subdelegación del Gobierno a través de la Unidad contra la violencia
sobre la mujer en coordinación con la Dirección provincial del INSS se han
creado canales de comunicación con los profesionales asistentes para que la
siga aportándoles información actualizada además de la formación específica.
En este contexto de colaboración entre administraciones, la Subdelegación del
Gobierno ha continuado con las actividades formativas organizadas por la
unidad de violencia y ha organizado un taller online sobre el Ingreso Mínimo
Vital, en el que se ha dado formación a más de 70 personas y profesionales
relacionadas con las áreas de igualdad y violencia de género de distintas
entidades locales y de organizaciones que trabajan con mujeres víctimas en
situación de especial vulnerabilidad.
Además de la formación específica se han creado canales de comunicación
con los profesionales asistentes para que la Dirección Provincial del INSS siga
aportándoles información actualizada.
El taller ha tratado sobre información del ingreso mínimo vital relativa a las
personas beneficiarias, requisitos y su acreditación y muy especialmente de
las particularidades recogidas en el RDL 20/2020 sobre las mujeres víctimas
de violencia de género, víctimas de trata de seres humanos y explotación
sexual y mujeres en situación de especial vunerabilidad
Ha estado presidido por la subdelegada del Gobierno, Inmaculada López
Calahorro, que ha querido agradecer a las personas participantes, sobre todo
a la moderadora, Montserrat Muñoz Sáez, jefa de la Unidad contra la violencia
sobre la mujer y al director Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad
Social en Granada, Pablo García Ruiz, que lo ha impartido, su gran trabajo en
la difusión del IMV puesto en marcha por el Gobierno.
El Ingreso Mínimo vital (IMV) es un conjunto de medidas articuladas en torno
a una nueva prestación de la Seguridad Social que garantizará unos ingresos
mínimos mensuales a hogares en situación de especial vulnerabilidad. El IMV
pretende corregir los problemas estructurales de acceso a oportunidades de
formación y empleo, reducir la tasa de pobreza de España y hacer más
redistributiva la acción del Estado desde una perspectiva de género.
Solicitudes
Las personas que quieran solicitarlo se pueden informar sobre el Ingreso
Mínimo Vital a través de la página web de la Seguridad Social (www.segsocial.es) y mediante el nuevo asesor virtual, ISSA. También disponen de una
herramienta de simulación, donde pueden comprobar si cumplen los requisitos,
y de una línea de teléfono para realizar consultas concretas (900 20 22 22),
que funciona de 8.30 a 20.30 horas.
A quienes realicen la solicitud en los tres primeros meses (hasta el 15 de
septiembre), y tengan derecho a ella según la documentación acreditada, les
será concedida con efectos retroactivos desde el 1 de junio.
El Ingreso Mínimo Vital fue aprobado por el Consejo de Ministros del pasado
29 de mayo y establece un nivel de renta garantizable diferente para cada tipo
de hogar. Completa las rentas preexistentes (entre otras, las salariales), hasta
ese umbral garantizado para cada tipología que, en el caso de los hogares
unipersonales, es de 5.538 euros al año, el equivalente a una pensión no
contributiva, distribuida en doce pagas.

Según los cálculos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones,
más de 830.000 hogares podrían ser beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. En
ellos viven unos 2,2 millones de personas de los que la mitad son menores.
Requisitos
El primer requisito para acceder al Ingreso Mínimo Vital será el de la
vulnerabilidad económica. También habrá que haber solicitado las
prestaciones y pensiones a las que pudiera tener derecho. Habrá un titular por
unidad de convivencia, que deberá tener entre 23 y 65 años, salvo en los
casos en que se cuente con menores a cargo, en los que no habrá requisito de
edad.
Si el solicitante vive solo, tendrá que acreditar que lleva tres años viviendo de
manera independiente de sus progenitores y tendrá que haber estado de alta
en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social durante al menos doce
meses.
Si los solicitantes viven integrados en una unidad de convivencia ésta tendrá
que llevar constituida al menos un año a la presentación de la solicitud. Para
todos los solicitantes se requerirá al menos un año ininterrumpido de
residencia legal y efectiva en España, excepto en las situaciones de violencia
de género, trata y explotación sexual.
Para que le sea reconocida la prestación, el hogar debe tener unos ingresos
totales inferiores a la renta garantizada para su tipo de unidad de convivencia.
Además, se exigirá un patrimonio (descontando la vivienda habitual) inferior a
3 veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal, con una escala
de incrementos por número de miembros en el hogar.
Para el reconocimiento de la prestación se tendrán en cuenta los ingresos del
año inmediatamente anterior, aunque para atender las situaciones de
vulnerabilidad generadas por la pandemia de COVID-19, también se podrá
reconocer para solicitudes cursadas durante 2020 teniendo en cuenta la
situación de ingresos de este año. En el caso de que el titular no esté ocupado,
se exigirá la inscripción como demandante de empleo para el acceso a la
prestación.
Hay que tener en cuenta diversas excepciones a los requisitos anteriores
cuando la mujer sea víctima de violencia de género o de trata con fines de
explotación sexual de manera que se facilita el acceso para estos colectivos
más vulnerables.

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