13/6/18

Normas de seguridad y convivencia en época estival en las playas motrileñas


La temporada de baño se establece entre el 15 de junio y el 15 de septiembre en aplicación de la Ordenanza Municipal

La teniente de alcalde de Seguridad y Movilidad, María Ángeles Escámez, con motivo del inicio de la temporada de baño en las costas del término municipal motrileño, ha informado para interés de la población en general, que se establece, como recordatorio, un decálogo de las actividades más usuales que han sido reguladas y su inobservancia puede ser motivo de infracción a la Ordenanza Municipal de Playas (aplicable a las zonas de baño de las playas de Motril, Torrenueva, Carchuna y Calahonda), para conocimiento y control por parte de los agentes de la Policía Local.
Escámez, ha indicado que “la temporada de baño se establece entre el 15 de junio y el 15 de septiembre en aplicación de la Ordenanza, ambos inclusive, estableciéndose un servicio de salvamento y rescate por Cruz Roja entre el 22 de junio y 31 de agosto de 12:00 horas a 20:00 horas ininterrumpidamente”.
Así, queda prohibida la navegación deportiva y de recreo en la franja de costa con una anchura de 200 metros a la playa. El lanzamiento y varada de embarcaciones, motos de agua, hidropedales, etc, se realizará sólo por los ‘canales náuticos’, debidamente señalizados. La práctica del Kite Surf se realizara fuera de las zonas de baño 200 metros y el acceso se hará por los canales náuticos, quedando expresamente prohibido el vuelo de cometas de Kite Surf en la playa entre las 11 horas y las 20 horas.
Igualmente, ha explicado María Ángeles Escámez, están prohibidos los campamentos (acampada organizada) y acampadas (tiendas de campaña o parasoles no diáfanos en sus laterales) en las playas, de cualquier índole y duración. Durante este periodo de baño, la pesca desde la orilla y submarina está prohibida entre las 9 horas y las 22 horas, en las zonas de baño. Con carácter general, queda prohibido el acceso y permanencia de animales domésticos a las playas y zonas de baño, a excepción de los perros lazarillos y la zona delimitada como Playa Can en la denominada Playa del Cable. Queda prohibido dar a las duchas, lavapiés, aseos y mobiliario urbano del equipamiento de playa un uso distinto al propio, así como utilizarlo para lavar enseres, lavarse o ducharse con jabón, gel o cualquier otro producto detergente. Queda prohibido realizar fuego directamente en el suelo de la playa, arena, piedras o rocas, así como las moragas y barbacoas, a excepción de la zona habilitada y señalizada al efecto en Playa de Poniente, debajo de la pista deportiva y que cuenten con autorización municipal.
Por otra parte, se recuerda que queda prohibido arrojar en la playa o al agua cualquier tipo de residuo; también se prohíbe la utilización de aparatos de radio o similares, que por su intensidad y persistencia generen molestias a los usuarios de las playas o a juicio de los agentes de la autoridad resulten inadmisibles. Queda prohibida la permanencia, durante la noche, de sombrillas, parasoles, butacas y/o demás enseres, con la finalidad de reservar espacio físico en la playa.
Finalmente, ha señalado la responsable de Seguridad Ciudadana, “todas estas normas recogidas en la Ordenanza Municipal de Playas en materia de seguridad, son de obligado cumplimiento para conseguir entre todos una mejor convivencia en las zonas de baño, de manera que el verano 2018 transcurra con normalidad y los recursos y servicios públicos sean disfrutados por toda la ciudadanía en general en todo el término municipal”. ha concluido Escámez.

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