16/2/07

La Inquisición encausó en sus visitas al Reino de Granada a 1.495 personas, de las cuales apenas 500 fueron condenadas



Así lo recoge el profesor de la UGR, José Mª García Fuentes, en el libro “Visitas de la Inquisición al Reino de Granada”, publicado por la Universidad de Granada

Los delitos juzgados por el inquisidor en sus visitas al Reino de Granada cubrían un amplio abanico que comprendía, además de las tres heterodoxias de judaizantes, mahometanos y luteranos, un complejo programa contra la moral y las buenas costumbres, aunque a partir de las reformas del inquisidor Valdés en la visita sólo podían juzgarse “delitos livianos” que se castigaban sobre la marcha, con penas de multas, azotes o, en el peor de los casos, cortos destierros.
Más tarde, en la segunda mitad del siglo XVI, las cuestiones prioritarias de estos delitos “livianos” eran tres: desviaciones dogmáticas respecto de la Eucaristía y la Virginidad de María; represión y castigo de aquellos que usan mal el matrimonio; y el desarraigo de toda gama de fórmulas “supersticiosa y hechiceriles”, aunque también las blasfemias de contenido herético y las palabras malsonantes o escandalosas con sospecha de heterodoxia.
En este sentido, el libro: “Visitas de la Inquisición al Reino de Granada”, obra del profesor José María García Fuentes, del departamento de Historia Moderna y de América, publicado por la Editorial Universidad de Granada, supone un trabajo de investigación que determina que las penas impuestas in situ por los inquisidores granadinos, “estuvieron en consonancia --afirma el profesor García Fuentes-- con los delitos que, según la normativa de la Suprema, podían imponer.
De los 1.495 encausados en las visitas al Reino de Granada, entre los años 1660 y 1620, fueron penitenciados 499, aunque por delitos menores: en las dos primeras vistas 253 moriscos con pena pecuniaria por “ceremonias de moros”. El resto de los encausados sólo fue testificado.
Así, la pena más frecuente que los inquisidores granadinos solían imponer en su peregrinar por le Reino de Granada eran “multas, algún que otro destierro, penas espirituales, algunos azotes, reprehendidos y suspensos.”
Entre los delitos más habituales encausados en las visitas de los inquisidores, cabe señalar el mahometismo, la blasfemia, las “proposiciones”, hechicería, etc.
En el número 83 del legajo 1953, se recoge, entre otras, la declaración de “Testificados de cosas de la seta de los moros” de una de las visitas realizadas por el Inquisidor Dr. Juan de Salzedo a Motril, entre los días 6 de marzo de 1586 al 6 de julio de 1586. Dice literalmente así:
“Ysabel Rodríguez, morisca, biuda de Andrés Gallego, alpargatero, vezina de la villa de Motril, y la de León, mulato, calderero, morisca, y Elvira, morisca.
Fueron testificadas por los testigos mugeres, de que el primer día de pascua de flores de este año, hizo tres años, entrando los testigos en la casa de León, calderero, a la tarde después de comer. Uno de los testigos dize que abrió la puerta de la calle que estava cerrada con un pestillo y vio como en la cocina de la dicha casa, la Isabel Rodríguez estava desnuda en cueros dentro de un librillo de agua caliente, porque de una caldera que tenían al fuego echavan agua en él, y estaba labando todo el cuerpo y piernas y partes vergonzosas y acavada de lavar esta, se desnudó la dicha Elvira y se lavó como se avía lavado la Isabel Rodríguez, y allí dixeron que la muger de León estava ya lavada. El segundo testigo dize que cuando entró en la dicha casa halló a las reas en una cozina a donde tenían una caldera al fuego con agua o lexia y le diseron al testigo como se avian lavado sy se quería ella lavar, la qual les respondió que no, que en su vida se avía lavado.”

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