Salud recuerda la importancia de garantizar que la población
andaluza pueda expresar formalmente sus voluntades vitales de manera anticipada
y que puedan ser respetadas en cualquier centro sanitario público o privado
Un total de
6.000 personas han inscrito su testamento vital en Granada desde el reconocimiento de este derecho, regulado por la Ley de Declaración de Voluntad
Vital Anticipada en 2003 y materializado con la puesta en marcha del Registro
de Voluntades Anticipadas en 2004. En el conjunto de Andalucía esta cifra
asciende a 39.361 personas, casi el 60% mujeres. En concreto, en lo que va de
año, se han registrado en Granada un total de 262, de las cuales, un 52% se han
formalizado en la sede de la Delegación de Igualdad, Salud y Políticas Sociales
(2.364 inscripciones en la comunidad andaluza).
Hoy
viernes, la consejera de Salud, Marina Álvarez, ha participado en Córdoba en la
‘I Jornada regional del Registro de Voluntades Vitales Anticipadas’. En su
intervención, Álvarez se ha referido a las mejoras en la accesibilidad para que
la población andaluza pueda ejercer este derecho y garantizar que todas las
personas puedan expresar formalmente su voluntad vital anticipada y que éstas
puedan ser respetadas en cualquier punto de atención tanto en el ámbito público
como en el privado. Actualmente, el 80% de los municipios andaluces disponen de
un punto de registro a menos de 30 minutos.
Registro de la voluntad vital
El derecho a la expresión de las voluntades vitales
anticipadas se reconoce por primera vez en 2002 con la ‘Ley de Autonomía del
Paciente’ y posteriormente se desarrolla en la Ley andaluza de declaración de
Voluntad Vital Anticipada, en 2003. Además, se convirtió en derecho estatutario
en 2007 y fue consolidado con la aprobación de la Ley andaluza de muerte digna
en 2010.
Cualquier persona residente en Andalucía tiene derecho a
dejar constancia, por escrito, sobre qué tipo de cuidados o tratamiento desean
recibir, o qué intervenciones no quiere que le sean aplicadas, cuando se
encuentre en situación de enfermedad irreversible y sin capacidad para decidir.
Además puede detallar si quiere donar o no sus órganos y tejidos o qué personas
designa como sus representantes en el momento en el que no pueda decidir por sí
misma. Este derecho es efectivo cuando se incorpora formalmente al Registro de
Voluntades Vitales Anticipadas de Andalucía.
Durante todos estos años, la ciudadanía ha ido aumentando
progresivamente su demanda de información sobre cómo registrar el testamento
vital. Para dar respuesta a esta demanda, desde la Consejería de Salud se
ampliaron las posibilidades de acceso, pasando de los ocho puntos provinciales
iniciales a los 56 puntos oficiales de registro disponibles en la actualidad.
Igualmente, se ha avanzado en todas las posibilidades que permiten
las nuevas tecnologías para acercar este procedimiento a la población. Así, en el portal web de la Consejería de
Salud se recoge información completa y pormenorizada sobre el derecho a la
voluntad vital anticipada y el procedimiento para ejercerlo y permite la
descarga de los documentos necesarios. También se ha facilitado el acceso
telemático para hacer la preinscripción telemática y obtener la cita previa
para el registro oficial, ya que el registro tiene que ser presencial.
Actualmente han aumentado las solicitudes de cita a través
de la web, si bien el servicio telefónico de Salud Responde sigue siendo el
medio más usado para pedir cita previa. Asimismo, se ha habilitado a
posibilidad de realizar el registro en el propio domicilio, en el caso de
personas que no pueden desplazarse, solicitándolo a través de Salud Responde.
Garantías en la atención sanitaria
Una vez registrada la voluntad vital anticipada, se crea un
acceso directo desde la historia clínica digital del paciente para que el
equipo sanitario pueda consultarla y atenderla en caso necesario.
Además, en el portal web de la Consejería de Salud, se incluye
una sección específica dirigida a profesionales donde se puede consultar el
contenido de la voluntad vital de sus pacientes, seguir los resultados
agregados del registro o solicitar datos anónimos para fines de investigación.
Esta consulta puede realizarse desde otras comunidades
autónomas, gracias a la sincronización con el Registro Nacional de
Instrucciones y desde la medicina privada, gracias a un convenio firmado con el
Consejo Oficial de Colegios de Médicos.
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