Desde la sección sindical de CCOO del ayuntamiento de Motril, mostramos nuestra más
absoluta indignación sobre cómo se está procediendo desde la dirección acerca de la protección
de la salud de los empleados y empleadas municipales.
Le recordamos que el artículo 14 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), establece que el empresario tiene la obligación de garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores teniendo en cuenta todas las condiciones de trabajo, entre las que se encuentra, como una más, la exposición a agentes biológicos, adoptando las medidas preventivas que sean necesarias.
Hoy en nuestro ayuntamiento, Barrenderos, recogida y transporte de residuos, limpiadores, policía, bomberos, protección civil,Trabajadores de asuntos sociales y los conserjes que realizan su actividad en el pabellón son trabajadores que están especialmente expuestos al covid-19. Comprendemos que estamos en una situación extraordinaria e imprevista, y que para el resto de áreas municipales seguir las recomendaciones del Ministerio de sanidad y de la OMS es lo apropiado, se ha implantado el teletrabajo y para los que deben asistir a su puesto de trabajo se han establecido por los jefes de servicio horarios reducidos y turnos para asegurar la distancia recomendada. Pero para los compañeros y compañeras mencionados en el párrafo anterior es necesario algo más que un buen aseo de manos ya que no pueden teletrabajar. No salimos de nuestro asombro cuando recibimos la “Instrucción 3-20 de Alcaldía”, la cual se remite a los representantes de personal y a los jefes de servicio. En la que se indican ciertas directrices de Quirón Prevención hacia el Servicio de Prevención Propio del ayuntamiento, además del “Procedimiento de Actuación para los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales Frente a la Exposición al Nuevo Coronavirus”. No lo entendemos. No logramos comprender por qué se nos envía el material de trabajo del Servicio de Prevención. Es como si uno va a comprar pan y en lugar del pan le dan la receta. Esta mañana mismo se ha recibido por parte del Servicio de Prevención el “PROCEDIMIENTO DE TRABAJO PARA EMPLEADOS EN PABELLÓN DE DEPORTES PREVENCIÓN CORONAVIRUS” en el que se establecen medidas generales de higiene personal, epi´s que se facilitarán y como medidas de prevención prácticamente: que se ubiquen en las oficinas, que atiendan a la gente a través de mampara de ventanilla, que eviten tocar pomos y manivelas y lavado de manos. Y que si uno siente síntomas respiratorios que evite contacto¡¡, en lugar de indicar ¿qué debe hacer un trabajador que se encuentre enfermo?, ¿A quién tiene que comunicárselo? ¿cómo debe ponerse en contacto con el Servicio Andaluz de Salud?. Que podemos decir, nos parece muy pobre y denota un absoluto desconocimiento del trabajo que allí se realiza, no es posible permanecer en las oficinas. Con los albergados en el pabellón se hace atención social individual, se les reparten alimentos, se limpia, comparten los aseos empleados municipales y acogidos, se hace recogida de residuos, recogida de ropa de cama para su limpieza, etc…. Nos parece una decisión política plausible, pero debía haber ido acompañada de unas directrices y procedimientos de actuación claros y conocidos por todos los trabajadores y trabajadoras implicados. En cuanto a la Policía local hay un desconocimiento y una descoordinación absoluta sobre cómo se debe actuar, se ha producido el hecho de que un agente ha enfermado por coronavirus y varios están en aislamiento, alguno con síntomas, y no se ha procedido a la limpieza y desinfección del vehículo que usaba el policía enfermo, ni enseres y oficinas hasta varios días después. Desde el servicio de limpieza igualmente nos indican la descoordinación y el caos y la importante falta de protección que perciben. En definitiva, andamos todos “como pollos sin cabeza”, y muy preocupados por la falta de medidas de protección de la salud de los trabajadores.
Es necesaria INFORMACIÓN Y ACCIONES DIRIGIDAS Y COORDINADAS. Como dice el lema de nuestro sindicato “LA SALUD NO ESTÁ EN NÓMINA”. Es por lo que EXIGIMOS: Que se garantice una información precisa y una formación adecuada a todos los trabajadores y trabajadoras, así como sus representantes legales, sobre cualquier medida que tenga que ver con la seguridad y la salud en relación a la exposición al coronavirus y coherente con los trabajos que realizan. Preferiblemente, en forma de instrucciones escritas, en particular sobre: Riesgos potenciales para la salud, específicos de cada puesto. Precauciones para prevenir la exposición. Medidas en materia de higiene personal. Utilización de ropa y equipos de protección individual. Medidas de actuación frente a incidentes y su prevención. Procedimientos de trabajo adecuados (establecidos por escrito y conocidos por toda la plantilla) Medidas seguras para la recepción, manipulación y transporte de materiales dentro del lugar de trabajo. Medidas seguras para la recogida, almacenamiento y evacuación de residuos, incluyendo el uso de contenedores seguros. Plan de actuación en caso de sospecha o presentar síntomas de la infección (comunicaciones, que se deben hacer). Medidas de higiene que eviten o dificulten la dispersión del agente biológico como: o Prohibición de comer, beber o aplicarse cosméticos en las zonas de riesgo. o Disponer de retretes y cuartos de aseo apropiados, que incluyan toallas desechables, desinfectantes, productos para la limpieza ocular y antisépticos para la piel. o Facilitar un almacenamiento adecuado de los equipos de protección individual, verificando que se limpian y funcionan correctamente después de cada uso. o Disponer de dos taquillas para guardar la ropa o uniforme de trabajo, y los equipos de protección, que pueden estar contaminados, separados de la ropa de vestir. o La ropa de trabajo, que no está destinada a proteger la salud, sino a evitar la contaminación de la ropa de calle, debe quitarse antes de abandonar el área de trabajo y está prohibida su utilización fuera de ella. o Disponer de materiales y equipos de uso exclusivo en las zonas de trabajo o trabajos con riesgo biológico. o Seguir de forma inmediata protocolos de limpieza de posibles zonas, superficies, mobiliario o útiles o enseres contaminadas. Y lo más importante: Que se establezca una estructura o sistema organizativo sencillo y claro. Coordinado, con la implicación de todos los niveles jerárquicos del ayuntamiento, que garantice que todos los trabajadores conozcan las directrices y procedimientos para realizar su trabajo con seguridad. Que se definan las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios, incluidos los económicos, para llevar a cabo una acción preventiva eficaz. Que se abran canales de participación de los trabajadores y trabajadoras a través de los delegados y delegadas de prevención y el Comité de Seguridad y Salud. Identificación de aquellos trabajadores especialmente sensibles en función de sus características personales o estado biológico conocido, debido a circunstancias tales como patologías previas, medicación, trastornos inmunitarios, embarazo o lactancia tales como: Diabetes, Enfermedad cardiovascular (incluida hipertensión), Enfermedad hepática crónica, Enfermedad pulmonar crónica, Enfermedad renal crónica, Enfermedad neurológica o neuromuscular crónica, Inmunodeficiencia (incluyendo VIH), Embarazo….
CON EL OBJETO DE EXIMIRLES DE INMEDIATO DE LA PRESTACIÓN PRESENCIAL DEL TRABAJO. Reducir el riesgo de exposición al nivel más bajo posible para garantizar adecuadamente la seguridad y la salud de los trabajadores afectados, en particular por medio de las siguientes medidas: o Reducción, al mínimo posible, del número de trabajadores que estén o puedan estar expuestos. o Adopción de medidas de protección colectiva, tales como: establecer la distancia de seguridad en más de 2 metros. o Sustituir siempre que se posible la manipulación manual por medios mecánicos. o Señalización pertinente.
Le recordamos que el artículo 14 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), establece que el empresario tiene la obligación de garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores teniendo en cuenta todas las condiciones de trabajo, entre las que se encuentra, como una más, la exposición a agentes biológicos, adoptando las medidas preventivas que sean necesarias.
Hoy en nuestro ayuntamiento, Barrenderos, recogida y transporte de residuos, limpiadores, policía, bomberos, protección civil,Trabajadores de asuntos sociales y los conserjes que realizan su actividad en el pabellón son trabajadores que están especialmente expuestos al covid-19. Comprendemos que estamos en una situación extraordinaria e imprevista, y que para el resto de áreas municipales seguir las recomendaciones del Ministerio de sanidad y de la OMS es lo apropiado, se ha implantado el teletrabajo y para los que deben asistir a su puesto de trabajo se han establecido por los jefes de servicio horarios reducidos y turnos para asegurar la distancia recomendada. Pero para los compañeros y compañeras mencionados en el párrafo anterior es necesario algo más que un buen aseo de manos ya que no pueden teletrabajar. No salimos de nuestro asombro cuando recibimos la “Instrucción 3-20 de Alcaldía”, la cual se remite a los representantes de personal y a los jefes de servicio. En la que se indican ciertas directrices de Quirón Prevención hacia el Servicio de Prevención Propio del ayuntamiento, además del “Procedimiento de Actuación para los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales Frente a la Exposición al Nuevo Coronavirus”. No lo entendemos. No logramos comprender por qué se nos envía el material de trabajo del Servicio de Prevención. Es como si uno va a comprar pan y en lugar del pan le dan la receta. Esta mañana mismo se ha recibido por parte del Servicio de Prevención el “PROCEDIMIENTO DE TRABAJO PARA EMPLEADOS EN PABELLÓN DE DEPORTES PREVENCIÓN CORONAVIRUS” en el que se establecen medidas generales de higiene personal, epi´s que se facilitarán y como medidas de prevención prácticamente: que se ubiquen en las oficinas, que atiendan a la gente a través de mampara de ventanilla, que eviten tocar pomos y manivelas y lavado de manos. Y que si uno siente síntomas respiratorios que evite contacto¡¡, en lugar de indicar ¿qué debe hacer un trabajador que se encuentre enfermo?, ¿A quién tiene que comunicárselo? ¿cómo debe ponerse en contacto con el Servicio Andaluz de Salud?. Que podemos decir, nos parece muy pobre y denota un absoluto desconocimiento del trabajo que allí se realiza, no es posible permanecer en las oficinas. Con los albergados en el pabellón se hace atención social individual, se les reparten alimentos, se limpia, comparten los aseos empleados municipales y acogidos, se hace recogida de residuos, recogida de ropa de cama para su limpieza, etc…. Nos parece una decisión política plausible, pero debía haber ido acompañada de unas directrices y procedimientos de actuación claros y conocidos por todos los trabajadores y trabajadoras implicados. En cuanto a la Policía local hay un desconocimiento y una descoordinación absoluta sobre cómo se debe actuar, se ha producido el hecho de que un agente ha enfermado por coronavirus y varios están en aislamiento, alguno con síntomas, y no se ha procedido a la limpieza y desinfección del vehículo que usaba el policía enfermo, ni enseres y oficinas hasta varios días después. Desde el servicio de limpieza igualmente nos indican la descoordinación y el caos y la importante falta de protección que perciben. En definitiva, andamos todos “como pollos sin cabeza”, y muy preocupados por la falta de medidas de protección de la salud de los trabajadores.
Es necesaria INFORMACIÓN Y ACCIONES DIRIGIDAS Y COORDINADAS. Como dice el lema de nuestro sindicato “LA SALUD NO ESTÁ EN NÓMINA”. Es por lo que EXIGIMOS: Que se garantice una información precisa y una formación adecuada a todos los trabajadores y trabajadoras, así como sus representantes legales, sobre cualquier medida que tenga que ver con la seguridad y la salud en relación a la exposición al coronavirus y coherente con los trabajos que realizan. Preferiblemente, en forma de instrucciones escritas, en particular sobre: Riesgos potenciales para la salud, específicos de cada puesto. Precauciones para prevenir la exposición. Medidas en materia de higiene personal. Utilización de ropa y equipos de protección individual. Medidas de actuación frente a incidentes y su prevención. Procedimientos de trabajo adecuados (establecidos por escrito y conocidos por toda la plantilla) Medidas seguras para la recepción, manipulación y transporte de materiales dentro del lugar de trabajo. Medidas seguras para la recogida, almacenamiento y evacuación de residuos, incluyendo el uso de contenedores seguros. Plan de actuación en caso de sospecha o presentar síntomas de la infección (comunicaciones, que se deben hacer). Medidas de higiene que eviten o dificulten la dispersión del agente biológico como: o Prohibición de comer, beber o aplicarse cosméticos en las zonas de riesgo. o Disponer de retretes y cuartos de aseo apropiados, que incluyan toallas desechables, desinfectantes, productos para la limpieza ocular y antisépticos para la piel. o Facilitar un almacenamiento adecuado de los equipos de protección individual, verificando que se limpian y funcionan correctamente después de cada uso. o Disponer de dos taquillas para guardar la ropa o uniforme de trabajo, y los equipos de protección, que pueden estar contaminados, separados de la ropa de vestir. o La ropa de trabajo, que no está destinada a proteger la salud, sino a evitar la contaminación de la ropa de calle, debe quitarse antes de abandonar el área de trabajo y está prohibida su utilización fuera de ella. o Disponer de materiales y equipos de uso exclusivo en las zonas de trabajo o trabajos con riesgo biológico. o Seguir de forma inmediata protocolos de limpieza de posibles zonas, superficies, mobiliario o útiles o enseres contaminadas. Y lo más importante: Que se establezca una estructura o sistema organizativo sencillo y claro. Coordinado, con la implicación de todos los niveles jerárquicos del ayuntamiento, que garantice que todos los trabajadores conozcan las directrices y procedimientos para realizar su trabajo con seguridad. Que se definan las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios, incluidos los económicos, para llevar a cabo una acción preventiva eficaz. Que se abran canales de participación de los trabajadores y trabajadoras a través de los delegados y delegadas de prevención y el Comité de Seguridad y Salud. Identificación de aquellos trabajadores especialmente sensibles en función de sus características personales o estado biológico conocido, debido a circunstancias tales como patologías previas, medicación, trastornos inmunitarios, embarazo o lactancia tales como: Diabetes, Enfermedad cardiovascular (incluida hipertensión), Enfermedad hepática crónica, Enfermedad pulmonar crónica, Enfermedad renal crónica, Enfermedad neurológica o neuromuscular crónica, Inmunodeficiencia (incluyendo VIH), Embarazo….
CON EL OBJETO DE EXIMIRLES DE INMEDIATO DE LA PRESTACIÓN PRESENCIAL DEL TRABAJO. Reducir el riesgo de exposición al nivel más bajo posible para garantizar adecuadamente la seguridad y la salud de los trabajadores afectados, en particular por medio de las siguientes medidas: o Reducción, al mínimo posible, del número de trabajadores que estén o puedan estar expuestos. o Adopción de medidas de protección colectiva, tales como: establecer la distancia de seguridad en más de 2 metros. o Sustituir siempre que se posible la manipulación manual por medios mecánicos. o Señalización pertinente.
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