Un juzgado de Motril ha condenado a un hombre de nacionalidad boliviana y vecino de la localidad de Carchuna a nueve meses de prisión y le ha prohibido a acercarse a su compañera sentimental a menos de 500 metros durante dos años, por golpearla en la nariz tras sacarla a empujones de una fiesta en la que se encontraban ambos.
En la sentencia queda probado que F.S.R. dio un puñetazo en la nariz a su pareja y la sacó a empujones de un establecimiento de ocio de Carchuna donde la mujer agradecida se encontraba en presencia de su hija, lo que le causó fractura de los huesos nasales sin desplazamiento, así como hematoma nasal y contusión en labio superior, requiriendo para su curación quince días.
Durante el suceso llegó a tirarla al suelo en tres ocasiones, no cesando de repetir frases intimidatorias contra la misma, teniendo que llamar a una dotación policial, que se personó en el lugar de los hechos momentos después de que el acusado saliera huyendo.
El fallo del juez condena a F.S.R., como responsable de un delito de violencia hacia las mujeres, a la pena de nueve meses de prisión, y privación del derecho a la tenencia y porte de armas por un tiempo de un año.
Además impone una prohibición a aproximarse a menos de quinientos metros de la víctima y de su domicilio así como a comunicarse por un periodo de dos años.
No hay comentarios:
Publicar un comentario