La Concejalía de Acción Social del Ayuntamiento de Motril informa que ya ha sido publicada en el BOJA la Orden por la que la Consejería Para la Igualdad y Bienestar Social regula y convoca las subvenciones para el año 2009.
En este sentido, cabe recordar que, al igual que en años anteriores, las subvenciones tendrán dos modalidades: Institucionales e individuales. Las subvenciones individuales están dirigidas a personas mayores de 65 años, personas con discapacidad, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, y personas andaluzas emigrantes retornados.
Para las subvenciones individuales los requisitos exigidos son los siguientes:
Personas Mayores: No superar el salario mínimo interprofesional de renta per cápita familiar, no haber sido beneficiario por el mismo concepto en la convocatoria anterior y tener cumplidos los 65 años. Las ayudas que se pueden solicitar son para la adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis y no se puede solicitar para audífonos ni gafas.
Personas con discapacidad: podrán acogerse a las siguientes modalidades: Subvenciones para la asistencia a instituciones y Centros, Subvenciones de movilidad y comunicación y subvenciones al transporte.
Personas andaluzas emigrantes retornados: Tienen por objeto la atención individualizada de las personas andaluzas emigrantes retornados que se encuentren en situación de especial necesidad y la financiación, total o parcial, de los gastos extraordinarios ocasionados por el hecho del retorno, y por otra parte subvenciones para facilitar su integración laboral.
Junto a las ayudas individuales, la concejalía de Acción Social informa que también se podrán solicitar subvenciones de carácter institucional, siendo los beneficiarios de las mismas las entidades públicas o privadas dedicadas a la atención de los siguientes sectores de intervención: menores, personas con problemas de drogodependencias y adicciones, comunidad gitana, colectivos con necesidades especiales, emigrantes e inmigrantes, voluntariado social, personas mayores, personas con discapacidad y personas en situación de dependencia.
Las entidades interesadas en conocer los requisitos exigidos para cada modalidad o programa que se pretenda solicitar, pueden consultarlo en el mencionado Boja, o acudiendo a la Concejalía de Acción Social.
En cuanto a los plazos, las solicitudes de subvención institucional deberán ser presentadas en el plazo de treinta días naturales a partir del día 5 de Marzo, y las individuales en el plazo de sesenta días naturales a partir de la misma fecha.
La concejala de Acción Social, Ángeles López Cano, ha querido manifestar la importancia de esta convocatoria, “no sólo para las personas individuales, por lo que a su bienestar personal puedan aportar, sino también por lo que para las entidades públicas y privadas supone esta aportación para el desarrollo de los programas destinados a los diferentes sectores de intervención.
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