Pese a que la nueva legislación limita estas prácticas comerciales no deseadas se siguen produciendo llamadas fuera de horario y tampoco disponen de medios que eviten futuras llamadas comerciales
Pese a que la nueva legislación aprobada en Junio establece diversas
limitaciones a la publicidad comercial a través de teléfono, las empresas han
seguido con sus prácticas habituales. Prácticas que implican llamar a horas
inadecuadas para vender sus productos y a seguir insistiendo pese a
solicitarles que no sigan realizando dichas llamadas. Al menos esto es lo que
han comunicado los consumidores a FACUA Granada, con las empresas de telefonía
e internet a la cabeza de estos abusos.
Justamente para evitar tales abusos, la nueva ley de general para la
defensa de los consumidores establece ciertas limitaciones a este tipo de
llamadas. Entre ellas destaca que dichas llamadas nunca pueden realizarse fuera del horario que va de 9 de la mañana a
9 de la noche, y solo en los días entre semana. Una limitación que no se cumple
pues no es extraño recibir llamadas
fuera de ese horario o incluso en fin de semana, tal como han comentado los
consumidores a FACUA Granada.
Otra de las obligaciones que establece esa nueva ley es la obligación
de la empresas de informar a los consumidores que tienen derecho a indicar que
no desean recibir nuevas comunicaciones e incluso a recibir un número de
referencia sobre dicha petición. Otro derecho que se conculca ya que como
comenta David Avellaneda, responsable de comunicación de FACUA Granada “las
personas encargadas de realizar estas llamadas desconoce por completo esta
legislación y cuando les pides ejercer el derecho a que no se nos llame más, o
bien nos dicen que no pueden hacer nada, o directamente cuelgan la llamada. Lo
peor es que las llamadas siguen llegando y el consumidor al final se queda tan
indefenso como lo estaba antes porque hay una ley pero no hay nadie que se
preocupe de que la misma se cumpla”.
Por tanto no es extraño que el resto de obligaciones que establece la
ley tampoco se cumplan. Ni se cumple con la obligación de identificar la
llamada claramente con un número que permita su identificación ni se solicita
la autorización previa al consumidor para emplear sistemas de llamado
automático con voz grabada. Tampoco resulta extraño que no exista por ahora
ningún tipo de sanción por estos incumplimientos legales. Y es que esta nueva
ley surge tras la falta de “respeto” que se tenía a la ley antigua pero tal
como se está demostrando, esta nueva ley tampoco va a ser respetada, al menos
hasta que por parte del organismo regulador se empiecen a imponer las sanciones
correspondientes.
Los usuarios afectados por estas llamadas comerciales tienen la
posibilidad de dirigirse a la empresa que las realiza y exigir que cesen las
mismas de forma inmediata. Igualmente pueden realizar dicha petición,
acompañada de la correspondiente denuncia, ante la Agencia Española de
Protección de Datos, solicitando además que se impongan las sanciones
correspondientes por tales incumplimientos. En todo momento FACUA Granada apoya a los consumidores que así lo deseen
para asesorarles al respecto y pone a su disposición un modelo de denuncia que
pueden utilizar ante la AEPD y que pueden descargar aquí. Este modelo es válido
tanto para llamadas no solicitadas como para llamadas fuera del horario
autorizado y cualquier otra práctica de spam telefónico ilegal.
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