24/2/06

Armonizar los conceptos del Derecho de los contratos es un paso previo para la unificación europea, según un libro de la UGR

Con edición del profesor Juan Miguel Ossorio Serrano, la Editorial UGR publica un libro que aspira a conciliar, en algunos aspectos fundamentales, dos sistemas de cultura jurídica tan opuestos como el representado por los países continentales y el de los países anglosajones

Europa y los límites de la autonomía privada”, publicado en italiano y español, es el resultado del trabajo conjunto realizado entre un grupo de investigadores de la Universidad de Roma Tre y otro de la Universidad de Granada

La Cada uno de los ordenamientos internos de los Estados de la Unión Monetaria Europea reacciona, a menudo, de forma distinta ante el Derecho que Europa dicta, de manera que, en ocasiones, los esfuerzos en pro de la armonización producen nuevas divergencias. Por ello, resulta evidente que un presupuesto previo para la deseada unificación contractual europea sea la armonización de los conceptos del Derecho de los contratos.
Así se expresa el profesor de la Universidad de Granada Francisco Javier Sánchez Calero, en el libro “Europa y los límites de la autonomía privada” que, con edición del profesor Juan Miguel Ossorio Serrano, acaba de publicar la Editorial Universidad de Granada.
El volumen aspira a conciliar, en algunos aspectos muy puntuales pero fundamentales, dos sistemas de cultura jurídica tan opuestos como el representado por los países continentales y el de los países anglosajones, a los que hay que añadir las peculiaridades de los estados escandinavos, alcanzando así una posición intermedia que permita acometer con éxito el propósito unificador. El libro contiene diversas colaboraciones, en italiano y en español, fruto del resultado del trabajo conjunto realizado entre un grupo de investigadores de la Universidad de Roma Tre y otro de la Universidad de Granada.
Según Sánchez Calero, “resulta evidente que la armonización jurídica de las legislaciones nacionales constituye el presupuesto necesario del buen funcionamiento del mercado y del progreso económico que representa la Unión Monetaria. En definitiva, un régimen unificado proporcionaría numerosas ventajas, por los beneficios de ordenación y sistematización de la materia y por el elevado grado de certeza y seguridad jurídica que aportaría a las relaciones contractuales en la Unión. Parece, pues, una realidad insoslayable que, pronto o tarde, unas reglas más o menos amplias y más o menos obligatorias se pondrán en vigor para facilitar los intercambios entre los Estados miembros”.

La influencia de la UE
Para el catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Granada, la legislación procedente de la Unión influye profundamente en los ordenamientos internos de los países miembros, pues no hay ninguna duda de que el Derecho sirve de instrumento para propiciar un determinado cambio y proteger o favorecer unos intereses por delante de otros.
Así, según el profesor Calero, “el incremento constante de las relaciones jurídicas entre los distintos ciudadanos de los diferentes países de la Unión Europea exige, cada vez más, un mayor nivel de armonización y de homogeneidad en la regulación de las distintas instituciones jurídicas y en los regímenes jurídicos de protección. Además, un régimen unificado supone un ahorro importante para las empresas y consumidores, vinculados por un contrato, en costes de transacción y estudios jurídicos sobre la plena eficacia de las disposiciones contractuales en los distintos países de la Unión Europea”.

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