La Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de
Andalucía ha abierto una línea de ayudas al alquiler para familias desahuciadas
o incursas en procesos de ejecución hipotecaria. “Nuestro objetivo es que las
familias desahuciadas por no poder pagar su hipoteca que se encuentran en
situación de emergencia, sin alternativa habitacional y empobrecidas por la
crisis y el desempleo no se queden en la calle”, ha afirmado la consejera Elena
Cortés. La ayuda, con una cuantía inicial de 2,27millones de euros y que se irá
dotando de nuevos fondos en convocatorias sucesivas, se integra en un programa
general de líneas de apoyo al alquiler que cuenta con un total de 26,5 millones
para 2015.
La ayuda para personas desahuciadas da cobertura al
mismo perfil de familias en situación de emergencia social que la Consejería
protegía mediante la expropiación temporal de viviendas a las entidades
financieras, mecanismo actualmente suspendido por el recurso del Gobierno
central contra la Ley para Asegurar la Función Social de la Vivienda. “El
Gobierno ha cerrado una puerta, Andalucía abre otra”, ha explicado Cortés.
“Esta ayuda atiende a familias en situación
extrema”, ha señalado la consejera. Los requisitos que deben acreditarse para
obtenerla son, entre otros, haber sufrido una ejecución hipotecaria o de
cualquier otra garantía sobre su vivienda habitual; que el lanzamiento genere
una situación de emergencia o exclusión social; y que ningún miembro de la
unidad familiar sea titular de otra vivienda.
Esta línea de apoyo al alquiler también protege a
los avalistas que acrediten una situación de emergencia social por encontrarse
su vivienda en ejecución tras haberla ofrecido como garantía de un crédito
hipotecario o de un préstamo concedido para hacer frente al desempeño de su
trabajo como autónomo. También cubre a personas que acrediten su situación de
emergencia social y hayan ofrecido su vivienda habitual en pago, aunque no sea
haya un procedimiento de ejecución.
Menoscabo de la situación económica
Las circunstancias que acreditan el riesgo de
exclusión son similares a las que permitían acogerse a la expropiacion del uso
para evitar desahucios, entre ellas que las condiciones económicas hayan
sufrido un importante menoscabo, provocando una situación de endeudamiento
sobrevenido con respecto a sus condiciones cuando se firmó el préstamo. El
esfuerzo que representa el préstamo sobre la renta familiar se debe haber
multiplicado al menos por 1,5 desde el momento de la formalización del contrato
y suponer más de un tercio de los ingresos familiares.
El periodo máximo de concesión de la ayuda son tres
años, al igual que ocurría con la expropiación del uso recogida en la Ley
recurrida parcialmente por el Gobierno.
Líneas de apoyo al alquiler
La Consejería, que aporta una cuantía inicial a la
ayuda de 2,27 millones, la dotará de nuevos fondos en sucesivas convocatorias,
una vez cerrada la primera. La ayuda se integra en un amplio programa de apoyo
al alquiler, “un pilar básico de las políticas de defensa del derecho a la
vivienda”, ha señalado Cortés.
Dicho programa consta de tres líneas para 2015, que
suman un total de 26,5 millones y tienen “una clara orientación hacia la
defensa del derecho a la vivienda en circunstancias críticas para las
familias”, en palabras de la consejera. La primera ayuda, de 4,3 millones, se
dirige a familias inquilinas de viviendas públicas (de ayuntamientos,
diputaciones o de la propia Junta) con dificultad para pagar la renta y con
ingresos familiares inferiores a 1,5 veces el IPREM: unos 11.000 euros anuales.
Esta ayuda se encuentra en fase de evaluación de las solicitudes trasladadas
por los ayuntamientos y diputaciones. “Es una ayuda que pretende erradicar los
desahucios en las viviendas públicas por causa de impago por empobrecimiento
sobrevenido, tal y como ha hecho la Junta en su parque público”, ha señalado
Cortés.
La segunda ayuda, publicada hoy en el BOJA, es la
orientada a personas desahuciadas o en proceso de desahucio. La tercera línea,
de 20 millones de euros, ofrecerá ayudas al alquiler a familias con ingresos
familiares inferiores a 2,5 veces el IPREM: unos 15.000 euros anuales. Esta
ayuda se encuentra actualmente en fase de elaboración, con la previsión de
publicación en el primer trimestre de 2015. La orden reguladora introducirá
como uno de los elementos de puntuación para su concesión el que la familia
haya sufrido un desahucio, ya sea hipotecario o por impago de la renta de
arrendamiento.
Alegaciones ante el Constitucional
Cortés ha recordado que Andalucía fue la primera
comunidad autónoma en desarrollar un marco legislativo para evitar los
desahucios en casos extremos, concretamente mediante la Ley de Función Social
de la Vivienda. Dicha norma fue parcialmente recurrida por el Gobierno en
diciembre del año pasado, forzando la paralización cautelar de los mecanismos
para sancionar a entidades financieras por mantener viviendas vacías y para
expropiar temporalmente el uso de viviendas a los bancos para evitar desahucios
de familias en riesgo de exclusión social.
Cortés ha anunciado hoy que, una vez acreditado que
el Gobierno recurrió la Ley aportando datos falsos, el Gabinete Jurídico de la
Junta de Andalucía ha presentado alegaciones ante el Tribunal Constitucional
solicitándole el levantamiento de la suspensión cautelar de la norma. “Los
magistrados del Constitucional ya tienen sobre su mesa la documentación que
demuestra que el Gobierno les mintió”, ha afirmado Cortés, que ha recordado que
la suspensión de la Ley “provoca desahucios cada día”.
El Gabinete Jurídico de la Junta ha presentado
nueva documentación al Constitucional que acredita que el informe de la Sareb
incorporado al recurso incluía “datos falsos”, ya que dicha entidad no posee
911 viviendas, sino 98. Ello anula todo valor del informe y “desvirtúa su
presunción de veracidad”, según la alegación. Los servicios jurídicos de la
Administración también han incorporado el Informe de Estabilidad Financiera del
Banco de España elaborado en 2014 que, en contra de lo que afirmaba el Gobierno
en su recurso, acredita que la ley lógicamente no ha deteriorado el sistema
financiero español, y que éste de hecho según este informe ha experimentado
“una mejora de las condiciones de financiación en los mercados nacionales”.
“Ni la Ley iba a destruir la economía española ni
la Sareb tenía 911 VPO, sino diez veces menos. Es razonable pensar que si los
únicos hechos sometidos a prueba de verdad han resultado falsos, absolutamente
todo el recurso puede estar basado en mentiras y exageraciones”, ha señalado
Cortés. El Gabinete Jurídico de la Junta ha reclamado con todo ello al
Constitucional que tenga en consideración esta nueva información y levante la
suspensión cautelar de la Ley hasta que haya sentencia.
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