En el ecuador de la campaña, más de 7.037.000 contribuyentes
han presentado su declaración, 574.000 más que el año pasado
La Agencia Tributaria ha devuelto ya 3.031 millones de euros
tras mes y medio de campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
correspondiente a 2018 (IRPF 2018), un 14% más que el año pasado en las mismas
fechas, a un total de 4.481.000 contribuyentes. De esta forma, a día de hoy,
cuando la Agencia Tributaria inicia la atención en oficinas para los
contribuyentes que requieren asistencia presencial, el número de declarantes de
IRPF que ya han recibido la devolución es un 10,6% superior al de la pasada
campaña a igualdad de fechas.
Esta agilización en los pagos se ha producido gracias a una
paralela aceleración de las presentaciones. En un contexto de anticipación de servicios
de asistencia, mejoras en ‘RENTA WEB’ como la cartera de valores, y un nuevo
impulso dado a las dos vías de presentación no presencial alternativas a la web
de la Agencia (la aplicación móvil y el plan ‘Le Llamamos’ de confección
telefónica de declaraciones), en el ecuador de la campaña 7.037.000
contribuyentes ya han presentado su declaración, 574.000 más (un 8,9% más) que
el año pasado en las mismas fechas. Esta aceleración de las presentaciones
alcanza tanto a las declaraciones con resultado a devolver (5.772.000, +8,7%),
como a aquellas con resultado a ingresar (1.058.000, +9%).
En la presente campaña está previsto que se presenten
20.350.000 declaraciones, 361.000 más que el año anterior. De ese total, se
prevé que 14.314.000 den derecho a devolución por un importe estimado de 10.468
millones de euros, un 4,5% más de importe, mientras que cerca de 5.161.000
saldrán con resultado a ingresar, por importe de 10.160 millones. El plazo de
presentación finaliza el 1 de julio, para declaraciones tanto a ingresar como a
devolver, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación
bancaria concluirá el 26 de junio.
Impulso a las vías no presenciales alternativas
Una parte relevante del incremento registrado hasta la fecha
en las
presentaciones se debe a la utilización creciente tanto de
la ‘app’ como del
plan ‘Le Llamamos’. En cuanto a la aplicación móvil, por
esta vía se han
presentado más de 216.000 declaraciones hasta hoy, lo que
supone que
a mitad de campaña se está superando ya en 17.000 la cifra
de las
declaraciones presentadas por esta vía en toda la campaña
pasada. De
ese total, más de 168.000 son presentaciones ‘en un solo
clic’ y el resto se
corresponden con casos de contribuyentes a los cuales la
aplicación ha
derivado a la web de la AEAT para realizar alguna
modificación y han
vuelto a la ‘app’ para concluir la presentación.
A su vez, también aumentan las declaraciones que han sido
confeccionadas telefónicamente por la Agencia Tributaria a
contribuyentes
que han concertado cita previa para el plan ‘Le Llamamos’.
Hasta la fecha
se han presentado por vía telefónica más de 111.000
declaraciones (un
50% más que el año pasado a igualdad de fechas) y se han
concertado
431.000 citas para que la Agencia llame al contribuyente.
Al absorber el antiguo sistema de llamadas entrantes, el
plan ‘Le
Llamamos’ permite una mejor planificación del servicio
telefónico y, por
tanto, una mayor agilidad para una herramienta de asistencia
diseñada
como la gran alternativa telemática a la asistencia
presencial, de manera
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que los contribuyentes menos habituados a las nuevas
tecnologías, y que
cuenten con perfil de asistencia telefónica, puedan
presentar antes y, en
su caso, obtener antes también su devolución.
Comienza la atención en oficinas
La presentación de declaraciones por vías no presenciales,
bien a través
de la web de la AEAT, bien con la ‘app’ o con el plan ‘Le
Llamamos’, acelera
la devolución y evita al contribuyente los desplazamientos a
las
plataformas de asistencia presencial.
Junto a estos tres canales, desde hoy la Agencia pone a
disposición del
contribuyente sus oficinas, recordando que, al igual que en
años
anteriores, la oferta de cita previa para la asistencia
presencial se va
abriendo progresivamente, de forma que se recomienda a los
contribuyentes una utilización también paulatina del
servicio.
Al mismo tiempo, y al objeto de mitigar una eventual pérdida
de citas en
perjuicio del conjunto de contribuyentes, la agencia
recuerda a los
ciudadanos que pueden modificar el día y hora asignados para
su cita, o
comunicar, en su caso, que han decidido no hacer uso de esa
cita. En años
pasados, más del 25% de las citas concertadas con más de una
semana
de antelación el contribuyente finalmente no se presentaba.
Quiénes no están obligados a declarar
En términos generales, no están obligados los contribuyentes
con rentas
exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de
22.000 euros
anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los
rendimientos proceden
de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando
el pagador
no está obligado a retener y cuando los rendimientos están
sujetos a un
tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de
12.643 euros anuales.
Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el
contribuyente
cuenta, en su lugar, o además, con los siguientes
rendimientos íntegros:
- Dividendos, intereses y ganancias patrimoniales sometidos
a retención
con un tope conjunto de 1.600 euros.
- Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del
capital
mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del
Tesoro y
subvenciones para la adquisición de viviendas de protección
oficial o
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de precio tasado, y demás ganancias patrimoniales derivadas
de
ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros.
Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los
contribuyentes
que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y
actividades
económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones,
premios y
otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con
pérdidas
patrimoniales inferiores a 500 euros.
Revisión de datos personales y económicos
Siempre resulta conveniente revisar la propuesta de
declaración que
ofrece la Agencia Tributaria. A través de RENTA WEB la
información será
la más actualizada posible pero, en todo caso, la Agencia
puede no
disponer de todos los datos con trascendencia en la
declaración, datos que
quizá el contribuyente deba incorporar a la propuesta de
declaración.
Algunos casos típicos que aconsejan esta revisión son los
siguientes:
- Inmuebles y sus referencias catastrales
- Circunstancias personales y familiares (si cambiaron en
2018)
- Arrendamientos de inmuebles
- Transmisiones
- Aportaciones a planes de pensiones
- Cuotas sindicales
- Percepciones por subvenciones
- Deducciones familiares y por maternidad
- Deducción por inversión en vivienda habitual
- Deducciones autonómicas
Vías de presentación de la declaración
Existen varias vías para presentar la declaración, según sea
el resultado a
devolver o a ingresar, y si se domicilia o no el pago.
Domiciliar el pago
significa que se puede presentar la declaración de la Renta
cualquier día,
hasta el 26 de junio, pero el pago no se hará efectivo hasta
el 1 de julio,
último día de la Campaña de Renta. La domiciliación no impide
fraccionar
el pago en dos plazos (el segundo, el 5 de noviembre).
- Vías no presenciales (sin desplazamiento a oficinas),
hasta el 1 de julio
(26 de junio si se trata de pagos con domiciliación):
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VÍAS DE PRESENTACIÓN Casos en los que se
puede utilizar esta vía
Portal de Renta 2018
www.agenciatributaria.es TODOS
APP (móviles y tabletas) *
A devolver e ingresar
(domiciliando el pago) Plan ‘Le Llamamos’ (previa cita)*
Por banca electrónica y telefónica A ingresar
(sin domiciliar) En cajeros automáticos de ciertas entidades
(*) Limitado por perfiles: Fundamentalmente, rendimientos
del trabajo, capital
mobiliario, imputaciones de rentas inmobiliarias y ventas de
fondos de inversión sujetas
a retención.
- Vías presenciales, hasta el 1 de julio (26 de junio si se
domicilia el pago,
con cargo el 1 de julio):
VÍAS DE PRESENTACIÓN Casos en los que se
puede utilizar esta vía
En las oficinas de la AEAT, CCAA y entes locales A devolver
e ingresar
(domiciliando el pago)
En las oficinas de las entidades financieras colaboradoras A
ingresar
(sin domiciliar)
Principales servicios de asistencia e información
- Internet: www.agenciatributaria.es
(ofrece información y gestiones sin horarios).
- Teléfono Cita Previa ‘Le Llamamos’:
901 22 33 44 o 91 553 00 71 (operador, de 9 a 19 horas, L-V)
901 12 12 24 o 91 535 73 26 (servicio automático, 24 horas)
- Teléfono Renta Información: 901 33 55 33 y 91 554 87 70
(para resolver dudas; de 9 a 19 horas, L-V)
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IRPF 2018 (Datos a 14 de mayo)
IRPF 2017 IRPF 2018 % 2018/2017
NAVEGACIÓN RENTA WEB
(nº de contribuyentes) 8.380.643 9.317.972 11,18%
Declaraciones presentadas 6.462.504 7.037.097 8,89%
Declaraciones a ingresar 970.426 1.058.613 9,09%
Importe (millones de
€) 860,680 991,705 15,22%
Declaraciones con solicitud de
devolución 5.308.570 5.772.049 8,73%
Importe (millones de
€) 3.869,441 4.338,046 12,11%
Devoluciones Pagadas 4.050.851 4.481.519 10,63%
Importe (millones de
€) 2.653,250 3.031,716 14,26%
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