La Consejería de Fomento y
Vivienda ha culminado la tramitación de la convocatoria de 2016 de ayudas para
la rehabilitación de edificios residenciales, con la concesión de 50.980 euros
a 76 familias residentes en el municipio de Motril. Una vez finalizado este
proceso, los destinatarios podrán comenzar las obras y recibir los incentivos
próximamente.
La delegada territorial de
Fomento y Vivienda, Mariela Fernández-Bermejo, ha asegurado que “esta línea de ayudas
está destinada a sufragar obras de conservación, mejora de la calidad,
sostenibilidad y eficiencia energética, así como de la accesibilidad de las
zonas comunes de viviendas”. Además, la delegada ha puesto de manifiesto que
“el respaldo autonómico a estas actuaciones forma parte de la apuesta del
Gobierno andaluz por la rehabilitación como uno los pilares estratégicos del
nuevo plan andaluz de vivienda en desarrollo hasta 2020, que supondrá además un
importante apoyo para la reactivación del sector de la construcción y para la
generación de empleo en la provincia”.
Esta línea de ayudas establece
como beneficiarias las comunidades de propietarios de viviendas en las que, al
menos, la mitad de los propietarios de las viviendas que componen el edificio
tengan ingresos familiares ponderados no superiores a 3,50 veces el IPREM. La
cuantía máxima de la subvención por edificio es del 35% del coste
subvencionable de las actuaciones. No obstante, en el caso de actuaciones que
incluyen ajustes razonables en materia de accesibilidad, y sólo en la partida
correspondiente a la misma, se puede alcanzar el 50% del coste.
Como actuaciones subvencionables
para la mejora de la calidad y sostenibilidad en los edificios se recogen las
obras para la mejora de la envolvente térmica del edificio, la instalación de
sistemas de calefacción, refrigeración y ventilación, o el incremento de la
eficiencia energética de los ya existentes; la instalación de equipos de
generación o que permitan la utilización de energías renovables (energía solar,
biomasa o geotermia), la mejora de la eficiencia energética de las
instalaciones comunes de ascensores e iluminación, la instalación de reductores
de agua, así como el acondicionamiento de instalaciones para la separación de
los residuos domésticos en el interior de los domicilios y en los espacios
comunes de las edificaciones.
En cuanto a las actuaciones
subvencionables en materia de accesibilidad, se incluyen la instalación de
ascensores, salvaescaleras, rampas, grúas o artefactos análogos que permitan el
acceso y uso por parte de las personas con discapacidad a elementos comunes del
edificio, tales como jardines, zonas deportivas, piscinas y otros similares, la
colocación de avisos mediante señales luminosas o sonoras que permitan la
orientación en el uso de escaleras y ascensores.
Los edificios objeto de las
actuaciones, que deben contar con el Informe de Evaluación del Edificio
cumplimentado y suscrito por técnico competente, con fecha anterior a la
solicitud de la ayuda, no pueden estar calificados urbanísticamente como fuera
de ordenación o en situación de asimilación a la fuera de ordenación, su
construcción tiene que haberse finalizado antes de 1981 y han de presentar unas
condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la
viabilidad de la intervención, salvo que las adquiera como resultado de las
actuaciones. Además, al menos un 70% de sus viviendas han de estar ocupadas y
constituir el domicilio habitual de sus residentes.
Una vez obtenida la subvención,
la comunidad de propietarios cuenta con un mes de plazo para solicitar la
licencia de obras. El abono de la ayudas se realizará en dos pagos del 50%, uno
al inicio tras la presentación de la licencia de las obras y otra al final, una
vez entreguen el certificado final de obra.
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